Periodo de inscripción
Del 22/03/2021 al 20/04/2021

Información
El Ministerio de Agricultura, Pesca yAlimentación convoca, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el ejercicio 2021, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.

Las actividades objeto de subvención consistirán en la celebración de actividades, que tratarán sobre las siguientes temáticas:

  • Emprendimiento, incorporación y mantenimiento de las mujeres en la actividad económica del medio rural.
  • Oportunidades que ofrecen los instrumentos de la Política Agraria Común (PAC) para la incorporación de mujeres jóvenes a la actividad agraria y el acceso al resto de medidas de los programas de desarrollo rural.
  • Difusión de la titularidad compartida de las explotaciones agrarias y las potencialidades de la agricultura familiar.
  • Acceso de mujeres a órganos de gobernanza de organizaciones profesionales agrarias y cooperativas y otras entidades relacionadas con la actividad agraria y el desarrollo rural.
    Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Convoca
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Requisitos
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades asociativas de mujeres rurales que cumplan los requisitos y condiciones siguientes, tal y como se indica en el artículo 3 del Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo:

  • Estar legalmente constituidas como entidades asociativas de mujeres del medio rural.
  • Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior.
  • Tener expresamente consignado en su título constitutivo un ámbito de actuación estatal y realizar actividades en al menos tres comunidades autónomas.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tanto ellas como las organizaciones integradas en las mismas.
  • Tener entre sus actividades habituales la realización de proyectos para la promoción de las mujeres rurales.
  • Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y no encontrarse incursas en los supuestos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones u otras leyes que así lo establezcan.

Dotación
El importe máximo total en la presente convocatoria es de 400.000 euros.

Enlaces externos

Extracto de la convocatoria en el BOE
Base Datos Nacional de Subvenciones
Subvenciones entidades mujeres rurales 2021