El objeto es conceder ayudas en el marco del programa “Retorno del talento”, para la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora o la ayuda asociada a la vuelta de las personas que retornen a Castilla-La Mancha desde el extranjero.

Beneficiarios:

  • Para la línea 1: Subvenciones para contratación indefinida de personas castellanomanchegas que se encuentren residiendo, o hayan residido o trabajado en el extranjero.

Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles, entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica. El puesto de trabajo debe ser en el territorio de CLM.

  • Para la línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora.

Personas, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tengan titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad.
  2. Que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de 12 meses, dentro de los últimos 15 años.
  3. Que hayan residido o trabajado en el extranjero, durante un período de, al menos, 6 meses en los últimos 12 meses contados desde la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  4. Que hayan nacido o hayan estado empadronadas en algún municipio de Castilla-La Mancha, o hayan estado inscritas como demandantes de empleo en alguna oficina de empleo de la región, o que hayan obtenido su titulación oficial en algún centro de formación de la Comunidad Autónoma, antes de su partida al extranjero.
  5. Que figuren inscritas como demandantes de empleo, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, el día anterior a la fecha de alta en el RETA.
  6. Que realicen la actividad económica en el territorio de Castilla-La Mancha.
  7. Que hayan causado alta en el RETA antes de la presentación de la solicitud de subvención.
  8. Que la actividad emprendedora no supere los parámetros de microempresa (aquella empresa que tenga menos de 10 personas y volumen de negocios anual o balance general anual no supere los 2 millones de euros).
  • Para la línea 3: Ayuda asociada al traslado de residencia habitual desde el extranjero a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Personas, que estén en posesión del Pasaporte del Vuelta y que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de 12 meses, dentro de los últimos 15 años y que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad. Además, en el momento de presentar la solicitud, deben residir de forma habitual en el extranjero o bien residir y trabajar de forma habitual en el extranjero o bien haber regresado a Castilla-La Mancha sin que haya transcurrido más de 6 meses desde su vuelta de la residencia habitual en el extranjero. Y reunir alguno de los siguientes requisitos:

  1. Haber nacido o haber estado empadronadas, antes de su salida a la residencia habitual en el extranjero, en algún municipio de Castilla-La Mancha.
  2. Haber estado inscritas como demandantes de empleo, en alguna oficina de empleo de la región, antes de su salida a la residencia habitual en el extranjero.
  3. Haber obtenido su titulación oficial en algún centro de formación de Castilla-La Mancha.

Cuantías de ayuda:

  • Línea 1:

La cuantía de subvención por la formalización de contrato laboral indefinido a jornada completa, será de 10.000€. Esta cuantía se incrementará en 5.000€ cuando la persona contratada sea titulada universitaria y su contrato esté vinculado a un proyecto de I+D+i en el que participe la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de Alcalá de Henares, o cualquier centro de investigación e innovación de entidades públicas o privadas de Castilla-La Mancha.

  • Línea 2:

La cuantía de la subvención por inicio de la actividad emprendedora, será de hasta 6.000€.

  • Línea 3:

La cuantía máxima de la ayuda asociada al título “Pasaporte de vuelta” será de 3.000€.

La cuantía total máxima establecida para cada línea de ayudas, podrá incrementarse en zonas de extrema despoblación (como es el caso los 12 municipios de la Sierra del Segura) en un 30% para municipios de más de 2.000 habitantes o en un 40% para municipios de menos de 2.000 habitantes. Además, el municipio de Elche de la Sierra se verá incrementado por un 20% más por estar declarado como zona prioritaria en Castilla-La Mancha.

Presentación de solicitudes:

Telemáticamente con firma electrónica, a través de los formularios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, hasta el 15 de diciembre de 2022 y recogerá las actuaciones iniciadas desde el 16 de diciembre del 2021.

Documentación a aportar junto con la solicitud:

Para la Línea 1:

– Escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente, Nº de Identificación Fiscal (NIF) y Escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre o representación de la persona jurídica.

– Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.

– Autorización del trabajador, para cuya contratación se solicita la subvención, para comprobar sus datos laborales, académicos y acreditativos de residencia (Anexo II).

Para la Línea 2:

– Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.

Para la Línea 3:

– En su caso, matricula formalizada en algún centro público de formación de Castilla-La Mancha, tras su regreso del extranjero.

– Billetes, pasajes, recibos, facturas, documentación justificativa de su abono, así como cualquier otro documento admisible en derecho.

– Facturas o documentos jurídicos de valor probatorio equivalente, junto con el justificante del pago realizado, de los gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres, así como, en su caso, por el traslado de mascotas desde la residencia en el extranjero a la región.

– Justificante de la transferencia bancaria del pago de alquiler durante 3 meses, desde el regreso de la persona beneficiaria. El máximo total de esta ayuda será de 500€.

– En el caso de que existan gastos subvencionables de familiares a cargo de la persona beneficiaria, deberá aportarse indistintamente libro de familia, certificado de empadronamiento de la unidad familiar o certificación administrativa de inscripción en el registro de parejas de hecho, estos dos últimos documentos únicamente en el caso de que se haya producido oposición a su consulta por la Administración.

– Facturas o documentos jurídicos de valor probatorio equivalente de los gastos ocasionados por las traducciones oficiales de la documentación necesaria para la solicitud de la ayuda y convalidación de títulos oficiales obtenidos en el extranjero.

– Documentación acreditativa de haber vivido en España, de forma ininterrumpida, 12 meses dentro de los últimos 15 años. Por ejemplo, entre otros, certificado de empadronamiento o certificado de residencia o cualquier documento con valor jurídico probatorio.

– Relación de gastos presentados indicando a que corresponde cada uno, indicando el país y localidad de origen del extranjero de procedencia, así como la localidad de destino en Castilla-La Mancha.

 

Más información y presentación de solicitudes:

Línea 1 https://www.jccm.es/tramitesygestiones/programa-retorno-del-talento-linea-1-subvenciones-para-la-contratacion-indefinida

Línea 2 https://www.jccm.es/tramitesygestiones/programa-retorno-del-talento-linea-2-subvenciones-para-el-inicio-de-la-actividad

Línea 3 https://www.jccm.es/tramitesygestiones/programa-retorno-del-talento-linea-3-subvenciones-de-la-ayuda-asociada-al