OBJETO
Convocar ayudas públicas para 2018, para los programas 1, 2, y 3, destinadas a promover el ahorro y la eficiencia energética mediante la sustitución de ventanas y sustitución de calderas individuales por otras respectivamente de mayor eficiencia enérgica, así como mediante la adquisición e instalación de estufas o calderas alimentadas por biocombustibles de fuentes renovables.
LÍNEAS DE AYUDA
Programa 1, de sustitución de ventanas para personas físicas, dirigido a la sustitución de estas por otras de mayor eficiencia energética.
Programa 2, de sustitución de calderas individuales para personas físicas, dirigido a la sustitución de estas por otras calderas de condensación de mayor eficiencia energética.
Programa 3, de adquisición e instalación de estufas o calderas de biocombustible para personas físicas, dirigido a la adquisición e instalación de estufas o caderas que usen sistemas de alimentación basados en biocombustibles de fuentes renovables.
CUANTÍA
a) Para el programa 1, de sustitución de ventanas para personas físicas:, la cuantía de la ayuda individual para cada tipo de actuación subvencionable será la siguiente: 110 €/m2 para sustitución de ventanas en su conjunto (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas (cristales y marcos) y 24 €/m2 en caso de que la sustitución sea sólo de los cristales; con el límite, en todo caso, del 35% del coste de la actividad subvencionada, y un máximo de 3.000 euros, por beneficiario y vivienda.
b) Para el programa 2, de sustitución de calderas individuales para personas físicas, la cuantía de la ayuda individual será del 35 % del coste de la actividad subvencionada con un límite de 400 euros, IVA incluido.
c) Para el programa 3, de adquisición e instalación de estufas o calderas de biocombustible para personas físicas La cuantía de la ayuda individual será del 35 % del coste de la actividad subvencionada con un límite de 3.000 euros, IVA incluido.
PLAZO
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, hasta el 01 de junio de 2019.
PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS (importante)
a) Las solicitudes del programa 1, de sustitución de ventanas para personas físicas: 1º) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del anexo I, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en la página de la oficina virtual en la dirección web https://ovcis .castillalamancha.es/OficinaVirtualCIS/. Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera podrá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. Aunque pueden ser presentadas a través de los registros únicos de la Junta de comunidades.
b) Las solicitudes del programa 2, de sustitución de calderas individuales para personas físicas, y programa 3, de adquisición e instalación de estufas o calderas de biocombustible para personas físicas, a través de los anexos II y III respectivamente, que se presentarán exclusivamente a través de los establecimientos adheridos, quienes, una vez requerida y cumplimentada la documentación exigida, la remitirán a la entidad o entidades colaboradoras, en el caso de existir éstas, o a la Administración directamente, en su defecto. Serán inadmitidas por tanto, aquellas solicitudes de ayuda que no sean presentadas a través de las empresas instaladoras adheridas y registradas debidamente en la plataforma web habilitada al efecto.
INFORMACIÓN DE INTERÉS
Según está establecido en las bases reguladoras de la ayuda, para presentar la misma es necesario adjuntar LA FACTURA DE LA INVERSIÓN Y LA ACREDITACIÓN DEL PAGO DE LA MISMA.
ENLACES PARA TRAMITAR LAS AYUDAS https://goo.gl/sZVCqK
AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE LAS AYUDAS https://goo.gl/Xkg6L4