Beneficiarios:

Personas trabajadoras autónomas y pymes, con actividad económica en Castilla-La Mancha, que transformen puestos de trabajo presenciales de personas asalariadas en puestos de trabajo a distancia y/o realicen nuevas contrataciones para puestos de trabajo que se realice a distancia.

La transformación del puesto de trabajo o la nueva contratación deberá realizarse desde el 1 de octubre del 2022 hasta el 30 de septiembre del 2023.

Se debe mantener en el puesto a la persona trabajadora correspondiente durante al menos 12 meses, a contar desde la fecha de transformación del puesto de trabajo o de contratación del nuevo puesto de trabajo.

Cuantía:

– 700€ por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo a distancia.

– 3.000€ para cada contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia.

Estas cuantías se incrementarán un 20% si la persona que ocupa el puesto de trabajo a distancia es mujer.

Estas cuantías se incrementarán un 20% si la persona que ocupa el puesto de trabajo a distancia posee discapacidad con grado igual o superior al 33% y requiera adaptación del puesto para su desempeño.

Estas cuantías se incrementarán un 30% para municipios de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación, como es el caso de nuestra comarca.

Estas cuantías se incrementarán un 40% para municipios de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación, como es el caso de nuestra comarca.

Estas cuantías se incrementarán un 20% cuando la actividad subvencionada sea en municipios de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha, caso de Elche de la Sierra.

Todos los incrementos anteriores son compatibles entre sí.

Presentación de solicitudes:

Hasta el 30 de septiembre de 2023 telemáticamente con firma electrónica, a través del formulario Anexo I incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es/tramitesygestiones/subvenciones-personas-trabajadoras-autonomas-y-pymes-de-castilla-la-mancha

Documentación a aportar:

– Documento acreditativo, en su caso, de la representación del firmante, cuando se formule la solicitud por persona distinta al interesado, mediante poder notarial, declaración en comparecencia personal del interesado, o por cualquier medio válido.

– En su caso, certificado actualizado de situación de alta como persona trabajadora autónoma en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente.

– En el caso de transformación del puesto de trabajo y/o contratación nueva para persona con discapacidad, Anexo I-A.

– Contrato de trabajo, sus modificaciones y acuerdo de trabajo a distancia.

– Memoria explicativa, de contenido mínimo:

  1. Ubicación del centro de trabajo al que se encuentran adscritos los puestos de trabajo por los que se solicita la subvención, con expresión de las personas trabajadoras que los desempeñan.
  2. Breve descripción de la actividad que se realiza en el centro de trabajo.
  3. Explicación del posible desempeño de tal actividad o tarea mediante su modalidad como trabajo a distancia.
  4. Si se trata de una persona con discapacidad igual o superior al 33%, explicación de la adaptación que va a realizar la empresa para el desempeño del trabajo a distancia.
  5. Convenio colectivo sectorial de aplicación y cláusula que regula la duración del contrato.

Otros datos:

Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento del crédito disponible.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de un mes a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Una vez presentadas las solicitudes y su documentación adjunta, el órgano instructor procederá a verificar que la misma cumple con los requisitos para acceder a la subvención solicitada y formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El pago de la subvención se ingresará en la cuenta bancaria indicada por la persona o empresa beneficiaria en el modelo normalizado de solicitud, procediéndose al abono de la misma junto con la resolución de concesión de la subvención.

Justificación:

La persona o empresa beneficiaria está obligada aportar, por el mismo medio que la presentación de solicitudes, el anexo II, a los doce meses siguientes a la transformación del puesto de trabajo o la contratación del nuevo; y de ser varias las transformaciones o contrataciones en el mismo expediente, a los doce meses siguientes a la última de ellas.

Junto con el Anexo II se deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Informe de plantilla de personas trabajadoras en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social referido a la fecha de finalización del plazo de mantenimiento del puesto de prestación laboral a distancia, en el que consten relacionadas todas las cuentas de cotización, u otros documentos de la Seguridad Social que acrediten el empleo existente a dicha fecha, en el caso de que se haya producido oposición expresa a la consulta de dicha documentación por parte de la Administración.
  2. En su caso, informe de situación de alta en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), cuando se haya producido oposición expresa a la consulta de dicha documentación por parte de la Administración.
  3. En su caso, certificado actualizado de situación de alta en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente.
  4. En el caso de transformación del puesto de trabajo presencial en puesto de prestación laboral a distancia y/o contratación nueva para un puesto de prestación laboral a distancia, con personas con discapacidad, factura/s de gasto que justifiquen la adaptación del puesto de trabajo, al menos, por el importe de incremento de la subvención que se recibe por esa persona trabajadora.