Objeto:    

Subvenciones de concesión directa para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a las personas castellanomanchegas que se encuentren residiendo residan, o hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en nuestra Comunidad, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

Destinatarios:

Las personas que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos específicos:

a) Que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad.

b) Que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, durante un período de, al menos, seis meses en los últimos doce meses contados desde la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.

c) Que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos diez años anteriores al 1 de enero de 2018.

Requisitos:

a) Que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad.

b) Que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, al menos seis meses en los últimos doce, antes de su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

c) Que hayan nacido o hayan estado empadronadas en alguna localidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, o bien que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, en alguna oficina de empleo de la región, o que hayan obtenido su titulación en algún centro de formación oficial de la Comunidad Autónoma, antes de su partida al extranjero.

d) Que figuren inscritos como demandantes de empleo en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.

e) Que realicen la actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Importe:

La cuantía de la subvención por el inicio de la actividad emprendedora, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 6.000 euros.

Esta cuantía se incrementará se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre.

Criterios:

Se concederán todas aquellas las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente decreto, teniendo como límite las consignaciones presupuestarias previstas en las partidas presupuestarias correspondientes.

Documentación a aportar:    

– Documentación acreditativa de haber estado residiendo o trabajando en el extranjero, al menos seis meses en los últimos doce, antes de la contratación. Por ejemplo, entre otros, certificado consular, contrato de alquiler, contrato de trabajo, certificado de empresa, tarjeta sanitaria del país extranjero, carnet de conducir del país extranjero, etc.,

– Alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, acompañando certificación del período en alta en dicha Mutualidad (en su caso).

– Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.

– Documentación acreditativa de haber residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos diez años anteriores al 1 de enero de 2018.

Plazo de presentación de solicitudes:   

El plazo será de tres meses desde la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria (4/5/2018), y en todo caso, hasta el 15 de diciembre de ese mismo ejercicio.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Marco legal:

DOCM: 03/05/18 Decreto 23/2018, de 24 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 396071.

MÁS INFORMACIÓN EN LA WEB https://retorno-talento.castillalamancha.es/