Objeto:

La financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de viviendas alquiladas facilitando el acceso y la permanencia en las mismas, a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos que cumplan con los requisitos establecidos.

Destinatarios:

Serán solicitantes todos los mayores de edad que residan en la vivienda arrendada. Los beneficiarios de la ayuda serán siempre los titulares del contrato de arrendamiento.

Requisitos:

1. Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda, como arrendatario.

2 . Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente.

3. Que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda, posean nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o del EEE. y Suiza o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España. Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla la Mancha.

4. Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda sean, en conjunto, superiores a 0,5 veces el IPREM, e inferiores a 3 veces el IPREM. La renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda y los gastos de comunidad, en el caso de que procedan, y siempre que se haya pactado su satisfacción por la parte arrendataria, no supere la cuantía total de 500 € mensuales, o 600 € en el caso de familias numerosas.

Importe:

1. Las ayudas tendrán una cuantía del 40 % de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual, con un límite máximo de 200 € mensuales por vivienda (2.400 € anuales).

2. Estas ayudas se concederán por un plazo de doce meses, prorrogables a solicitud del interesado, por sucesivos periodos de doce meses, con la fecha límite de 31/12/2016, siempre que se mantengan las condiciones señaladas en los artículos 5º y 8º de la Orden, y exista disponibilidad presupuestaria.

3. En caso de que figuren varios arrendatarios en el contrato, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades a que se refiere el apartado anterior por el número total de arrendatarios.

Criterios:

CONCURRENCIA COMPETITIVA: priorizando en función de la MENOR RENTA PERCIBIDA, aplicando la fórmula establecida en el artículo 5.

Documentación a aportar:

-Solicitud de subvención firmada, con indicación expresa de las declaraciones de no incurrir en prohibiciones en la ley General de Subvenciones.

-Copia del contrato de arrendamiento, en el que conste el NIF del arrendatario y la referencia catastral de la vivienda objeto del contrato, o certificado emitido por la Gerencia Territorial del Catastro, o referencia catastral del suelo o de la finca que permita verificar la identificación de la vivienda.

-Volante o certificado de empadronamiento en el que consten todas las personas que residen en la vivienda.

-Título de familia numerosa, en su caso.

-En caso de formar parte de alguno de los colectivos de atención preferente indicados en el artículo 5.1.g), justificación de pertenencia al mismo.

-Acreditación de la representación del solicitante, cuando se formule la solicitud por persona distinta de los beneficiarios.

-Indicación expresa de las declaraciones de no incurrir en la Ley General de Subvenciones.

-Autorización expresa para verificar los datos de identidad del solicitante. En caso de no autorizarlo, copia del DNI o equivalente.

-Autorización expresa para verificar en el Registro de la Propiedad la información relativa al patrimonio inmobiliario y a la vivienda arrendada; así como la la información catastral.

-Autorización expresa para obtener la información tributaria de la Hacienda Pública del Estado. En caso de no presentar declaración de la renta, declaración responsable u otro documento acreditativo de los ingresos.

-Acreditación de la no disponibilidad de la vivienda propiedad del solicitante por causas ajenas a su voluntad y/o necesidad del desplazamiento del domicilio por motivos laborales, en su caso.

– Acreditación de la representación del firmante, en su caso.

– Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social.

Plazo de presentación de solicitudes:

Del 7 de mayo al 6 de junio de 2015

Más información y descarga de orden en el siguiente enlace:

https://goo.gl/cFeSD7