Objeto y finalidad
– Subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia, para actuaciones de rehabilitación y mejora de eficiencia energética en viviendas y edificios de uso residencial.
– Cofinanciación: Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), Programa 2021-2027.
– Objetivos:
• Reducir el consumo energético en edificios residenciales (colectivos y unifamiliares).
• Fomentar energías renovables (solar, biomasa, geotermia, aerotermia).

Personas beneficiarias
– Propietarios/as (personas físicas o jurídicas privadas sin actividad empresarial) de viviendas unifamiliares o edificios residenciales colectivos.
– Comunidades o agrupaciones de propietarios.
– Copropietarios/as agrupados según art. 396 CC sin constitución de propiedad horizontal.
– Sociedades cooperativas de propietarios/as de viviendas, comunidades o cesión de uso.
– Subvención adicional para personas vulnerables (hasta el 100% del coste imputable), con límites según ingresos y unidades de convivencia (en función de múltiplos del IPREM).

Requisitos de los solicitantes
– No estar incursos en prohibiciones de la Ley General de Subvenciones.
– Estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
– En caso de comunidades: acuerdo válido de la comunidad y representante designado.
– Cumplimiento de normas de transparencia, igualdad, medioambiente y gestión de residuos.

Financiación
– Ayuda por líneas.
• Línea 1: Rehabilitación de envolvente en edificios residenciales colectivos (Hasta el 40% del coste subvencionable)
• Línea 2: Incorporación de energías renovables:
– 2.1 Biomasa (Hasta el 40%)
– 2.2 Aerotermia/geotermia (Hasta el 40%)
– 2.3 Solar (fotovoltaica/térmica/híbrida) (Hasta el 40%)
• Línea 3: Rehabilitación integral de edificios protegidos residenciales y unifamiliares (Hasta el 65% del coste subvencionable)

Actuaciones subvencionables
– Edificios residenciales finalizados antes de 2006.
– No se financian ampliaciones de edificabilidad.
– Intervenciones deben suponer mejoras cuantificables en certificación energética.
– Requiere certificados de eficiencia energética antes y después de la intervención.
– Exigencias en circularidad, residuos, amianto, adaptación climática.

Obligaciones de las personas beneficiarias
– Ejecutar la actuación subvencionada y justificar gastos.
– Mención a la financiación europea (carteles, emblema UE, FEDER).
– Cumplimiento de normativa medioambiental, residuos, amianto, transparencia y publicidad.
– Conservar documentación justificativa durante 5 años.

Procedimiento
– Concesión por orden de entrada de solicitudes, hasta agotar fondos.
– Notificación y gestión obligatoriamente electrónica.
– Resolución en máximo 3 meses.
– Posibilidad de pago anticipado de hasta el 25% de la subvención.
– Justificación: plazo máximo de 3 meses tras finalizar la actuación.

Plazo de presentación
– Desde los 10 días hábiles posteriores a la publicación en el DOCM hasta el 30 de octubre de 2025.

Dónde y cómo presentar la solicitud
– La tramitación es obligatoriamente electrónica.
– Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: https://www.jccm.es
– Portal de Vivienda de Castilla-La Mancha (información y anexos): https://vivienda.castillalamancha.es

Teléfonos de información y asesoramiento:
– 967 201 531 y 633 856 828 (ORCLM)