Objeto: Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos de economía circular en el sector turístico en Castilla-La Mancha.

Finalidad: Financiar proyectos y actuaciones en el sector turístico para alcanzar alguno de estos objetivos:

  1. Reducir la generación de residuos.
  2. Potenciar la reutilización, valorización y reciclaje de residuos.
  3. Aumentar la eficiencia del uso del agua y la energía, incrementando la reutilización del agua y el uso de fuentes renovables de energía.
  4. Mejorar los hábitos de consumo, reduciendo el desperdicio alimentario.
  5. Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al sector turístico.
  6. Fortalecer la sensibilización, la comunicación y la participación ciudadana en la transición hacia un modelo turístico circular.
  7. Mejorar la competitividad de los destinos y las empresas turísticas.
  8. Fomentar la cadena de aprovisionamiento de cercanía.
  9. Contribuir a incrementar modelos de extensión de vida útil de productos.
  10. Contribuir a la interconexión de agentes y sectores.
  11. Identificación y utilización de sinergias positivas entre empresas, agentes y/o sectores.
  12. Incrementar el uso de productos renovables (biodegradables).
  13. Reducir los impactos ambientales del sector turístico.

Destinatarios:  Personas físicas o jurídicas privadas, que realicen proyectos de economía circular en el sector turístico en Castilla-La Mancha, que cumplan con el objeto y finalidad descritos. Deben mantener la actuación subvencionada al menos durante 5 años desde su concesión.

Cuantía: Hasta el 90% de los gastos subvencionables. Importe máximo 55.000€ por beneficiario.

Presentación de solicitudes: Hasta el 27 de junio de 2022 a través del formulario incluido en https://www.jccm.es/tramitesygestiones/subvenciones-destinadas-la-implementacion-de-proyectos-de-economia-circular-en-el

La solicitud podrá tener uno o varios tipos de proyectos. Solo hacer una solicitud por solicitante.

Documentación a aportar con carácter general:

-Memoria del proyecto de la actuación.

-Copia resolución de otras ayudas, ingresos o recursos concedidas para la misma finalidad, salvo aportación de declaración responsable.

-Certificado actual de situación censal.

-En caso de actuar por medio de representante, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación y acreditación de su identidad, en caso de oposición a la consulta.

-Certificado estar corriente de obligaciones con la Seguridad Social cuando se haya opuesto a su consulta telemática y cuyo importe sea superior a 18.000 €.

-Certificado estar corriente por reintegro de subvenciones cuando se haya opuesto a su consulta telemática y cuyo importe sea superior a 18.000 €.

-Certificado estar al corriente de obligaciones tributarias con Agencia Estatal de Administración Tributaria cuando no se autorice su consulta telemática y cuyo importe sea superior a 18.000 €.

-Certificado estar al corriente con la hacienda regional de Castilla-La Mancha cuando no se autorice su consulta telemática y cuyo importe sea superior a 18.000 €.

Además, aportar Personas físicas:

-Copia del documento de identidad, en caso de oposición a su consulta telemática, e Informe de vida laboral o Certificación del alta en Régimen Especial Trabajadores Autónomos.

Además, aportar Personas jurídicas:

-Copia del NIF de la entidad solicitante y Escritura pública de constitución.

Actuaciones subvencionables:

a) Proyectos de economía circular en establecimientos y empresas de servicios turísticos:

– Acciones que reduzcan la generación de residuos y el consumo de agua y energía.

– Acciones para la reutilización de residuos, incluidos los envases plásticos y de aluminio.

– Acciones para la minimización o sustitución de plásticos de un solo uso.

– Acciones para la valorización de residuos que den lugar a nuevos materiales/recursos.

– Acciones para la reducción del desperdicio alimentario.

– Acciones para la reutilización de aceites de cocina.

– Diseño e implantación de nuevos modelos de negocio que favorezcan la eficiencia de recursos.

– Acciones de fomenten el consumo de productos de proximidad (km.0).

b) Proyectos de mejora de competitividad en establecimientos y empresas turísticas:

– Análisis de ciclo de vida de producto, organización o servicio.

– Implantación de sistemas de gestión ambiental y obtención de certificaciones y etiquetas.

– Sistemas de evaluación y mejora de la economía circular en el sector turístico.

c) Proyectos de mejora del emprendimiento:

– Implantación de puntos de encuentro, formación e intercambio en materia de turismo circular para empresas y profesionales vinculados al ámbito turístico.

– Diseño e implantación de centros de reparación mobiliario, aparatos eléctricos y electrónicos.

d) Proyectos de mejora de espacios abiertos, infraestructuras e instalaciones:

– Acciones en el ámbito de la construcción y acondicionamiento de espacios con la incorporación de materiales reciclados, materiales sostenibles, etc.

Gastos subvencionables:

a) Gastos para la redacción de informes y memorias de los proyectos objeto de subvención.

b) Gastos de ejecución de las actuaciones objeto de subvención incluyendo obras, adquisición y colocación de equipamiento, como:

– Cubos de recogida separada de residuos (M.O., aceites de cocina, textil…).

– Bolsas compostables.

– Bolsas reutilizables.

– Aplicaciones informáticas, desarrollo de páginas web, app.

– Compostadoras.

– Materiales de construcción sostenibles y/o reciclados para las reparaciones/construcciones en el ámbito del turismo.

– Baterías fuera de uso para una segunda vida.

– Productos “amenities” sostenibles.

– Herramientas para la reparación, adecuación y reutilización.

– Dispositivos de control para minimizar el uso de agua y energía.

c) Gastos de publicidad y divulgación, incluyendo materiales gráficos de formato físico y digital.

No serán gastos subvencionables:

  1. IVA y otros impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  2. Gastos de alquiler de espacios, costes y gastos corrientes y del personal de la persona beneficiaria de la ayuda.
  3. Gastos de adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto subvencionado, así como aquellos que puedan ser afectados al uso particular de la persona beneficiaria.
  4. Gastos de mantenimiento de instalaciones y equipos.
  5. Gastos de instalación de energías renovables para la generación y/o autoconsumo.
  6. Gastos para actuaciones en el ámbito de la eficiencia energética.
  7. Gastos de adquisiciones e instalaciones en el ámbito de la movilidad.
  8. Gastos en el ámbito del saneamiento y abastecimiento.

Plazo de ejecución de las actuaciones: máximo 12 meses desde la fecha de resolución de concesión de la ayuda.

Justificación de las actuaciones: 1 mes a partir del día siguiente a la finalización de la ejecución de la actuación, según modelo de la sede electrónica, junto con el modelo de cuenta justificativa.