Beneficiarios:
a) Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
b) Instituciones feriales, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que tengan como objetivo principal el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad comercial en Castilla-La Mancha.
Gastos subvencionables:
- Alquiler del recinto.
- Alquiler, montaje y desmontaje de instalaciones.
- Alquiler, montaje y desmontaje de stands, mobiliario, equipos de iluminación y climatización.
- Decoración y adecuación de la instalación.
- Instalación de sistemas de agua, electricidad, red informática, con carácter no permanente, y los gastos derivados del consumo durante la celebración de la feria. La cuantía no debe superar el 10% del gasto de la inversión total subvencionable.
- Contratación de servicios específicos para el desarrollo de la feria (azafatas/os, limpieza, mantenimiento o seguridad).
- Realización de funciones de organización, coordinación y dirección de la actividad ferial.
- Campañas de publicidad en medios de comunicación.
- Elaboración de material promocional.
- Gestión de perfiles en redes sociales a través de la contratación de un Community Manager.
- Seguros de suscripción obligatoria para la celebración de la actividad.
- Actividades de animación (ludoteca, música o pasacalles).
Requisitos de las actuaciones subvencionables:
- Ser técnica, económica y financieramente viables.
- Hacerse dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- No haberse iniciado antes del 1 de diciembre de 2020.
- Que concluyan, como máximo, a fecha 1 de diciembre de 2021.
Cuantía:
Ayuda del 70% como máximo del gasto subvencionable en los municipios de la comarca.
Presentación de solicitudes:
Hasta el 24 de enero de 2022 de forma telemática con firma electrónica, según el formulario normalizado como Anexo I, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es
Más información https://bit.ly/3t62D8S