El objetivo de estas subvenciones es elaborar y aprobar planes de igualdad en empresas y otras entidades para favorecer la disminución de las desigualdades en las mismas.

Beneficiarios:

Entidades locales de Castilla-La Mancha, con menos de 50 trabajadores, y aquellas entidades que no estén obligadas a contar con un plan de igualdad, que incluye a las empresas y las entidades sin ánimo de lucro, que cuenten, todas ellas, con una plantilla no inferior a 15 y con menos de 50 trabajadores en su plantilla.

Cuantía:

Se podrá subvencionar hasta el 100% de la cuantía solicitada subvencionable, hasta un límite de cuantía de la subvención de 8.000 € por proyecto.

Se podrán imputar gastos realizados y pagados desde 1 de abril de 2023 hasta 31 de marzo 2024.

Al ser por concurrencia competitiva, se priorizará a las entidades solicitantes que mayor puntuación obtengan según los criterios de valoración, hasta agotar el crédito disponible.

Conceptos subvencionables:

  1. Gastos personal propio o contratado dedicado directamente a hacer proyecto subvencionable.
  2. Gastos consultoría y/o asistencia técnica, dedicado directamente a hacer el proyecto subvencionable.

En ningún caso serán subvencionables: los gastos de inversión y el IVA deducible.

Presentación de solicitudes:

Plazo de presentación de solicitudes desde el 24 de abril hasta el 8 de mayo de 2023.

Telemáticamente con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es/tramites/1007496

Documentación a acompañar:

  • Proyecto para el cual se solicita la subvención, que debe contener mínimo los siguientes apartados:

1º Denominación del proyecto.

2º Justificación del proyecto: naturaleza y fundamentación del proyecto según el diagnóstico de partida.

3º Objetivos (generales y específicos)

4º Desarrollo el proyecto: Metodología prevista para el diagnóstico: indicadores medibles, evaluación y seguimiento, mecanismos de retroalimentación Actividades y actuaciones. Calendario y presupuesto. Recursos técnicos, personales y económicos.

5º Beneficio social del proyecto y efecto multiplicador del mismo: Número de asociaciones con las que se trabaja en red. Indicar el nombre de esas asociaciones. Localización (local, provincial, interprovincial, regional).Número personas beneficiarias del proyecto.

6º Recursos económicos: Presupuesto del proyecto

  • Documentación acreditativa del número de personas que integran la plantilla a través de los boletines de cotización de la Seguridad Social, modelos RLC y RNT (antiguos TC1 y TC2), del mes anterior a la fecha de la solicitud.

Criterios de valoración:

Para poder ser subvencionados, los proyectos deberán obtener, al menos, 50 puntos, siendo la valoración máxima 100 puntos:

a) Calidad del proyecto subvencionable. (Hasta 85 puntos).

b) El reconocimiento a la entidad con el Distintivo de Excelencia en Igualdad de género de Castilla-La Mancha o similar por parte de la administración general del estado. (Hasta 5 puntos).

c) Acciones de Difusión, Información, Formación y campañas de sensibilización previstas en el proceso de elaboración del plan de igualdad, calendarizadas y con indicadores objetivos y medibles de realización y evaluación. (Hasta 10 puntos).

 

RESOLUCIÓN CONVOCATORIA PLANES DE IGUALDAD FIRMADA_125413

Orden de bases_Planes de igualdad_2023_1757