BENEFICIARIOS:
Ayuntamientos o agrupaciones de Ayuntamientos, diputaciones provinciales, entidades sin ánimo de lucro, empresas y otras iniciativas emprendedoras.
FINALIDAD Y MODALIDADES DE PROYECTOS:
Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica, revalorizando el espacio rural, con una de estas modalidades:
- Modalidad A. Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.
- Modalidad B. Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.
- Modalidad C. Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica, con la generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los existentes, para fomentar el desarrollo de zonas con especiales dificultades demográficas, de especial atención a proyectos impulsados por juventud y mujeres.
Los proyectos podrán desarrollarse en uno o varios municipios, siendo elegibles tanto los municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, como aquellos municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores con una población inferior a los 5.000 habitantes.
Los proyectos podrán presentarse para un municipio como para un conjunto de municipios.
CUANTÍA:
Cada beneficiario podrá presentar en su solicitud un único proyecto.
- Modalidad A. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 5 % del crédito disponible para la modalidad A. No podrá superar los 515.750€.
- Modalidad B. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 12 % del crédito disponible para la modalidad B. No podrá superar los 292.620€.
- Modalidad C. El importe de las subvenciones concedidas no será superior al máximo previsto para la ayuda total de minimis. No podrá superar los 200.000€.
Las ayudas concedidas no podrán superar el 90 % del total de gasto subvencionable para las modalidades A y B y el 70 % para la modalidad C.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Gastos de personal.
- Gastos de viajes y manutención.
- Gastos de actividades.
- Gastos de revisión de la cuenta justificativa.
Presentación de solicitudes hasta el 15 de junio de 2022.
Los objetivos específicos de los proyectos se indican en el ANEXO de la Orden:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/04/pdfs/BOE-A-2021-20096.pdf