Beneficiarios.

1.- Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que en el momento de solicitar la ayuda sean mayores de edad y menores de treinta y cinco años y que reúnan todos y cada uno de los requisitos.

2.- No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas solicitantes que sean propietarias o usufructuarias de alguna vivienda en España.

Objeto.

El objeto de estas subvenciones, cuya concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva es financiar la adquisición de viviendas habitual y permanente para facilitar a los jóvenes menores de 35 años en el momento de la solicitud que puedan acceder a las mismas en régimen de compra, siempre que esté localizada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de pequeño tamaño, de menos de 5.000 habitantes.

Cuantía.

La cuantía de la ayuda a la adquisición de vivienda será hasta 10.800 euros como máximo por vivienda, no pudiendo superar en ningún caso el 20% del precio de compra de la vivienda sin anejos ni gastos y tributos inherentes a la adquisición.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 11 de febrero de 2022.

Otros datos.

Las solicitudes de ayuda deberán cumplimentarse en los modelos oficiales contenidos en la Resolución de convocatoria y en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Se presentarán por medios electrónicos, de forma telemática, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha (https://www.jccm.es).

Esta ayuda será compatible con otras ayudas que otorgue cualquier otra persona o institución pública o privada para el mismo o similar objeto, siempre que el importe total de las ayudas recibidas no supere el coste total del precio de compra y siempre que la regulación de las otras ayudas ya sean de ámbito nacional o europeo lo admitan.

+ información y anexos para la solicitud:

descargarArchivo.do (jccm.es)