Estas subvenciones se dividen en dos tipos de programas de incentivos:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.

Destinatarios:

– PROGRAMA 1. Siempre que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:

  • Personas físicas.
  • Personas jurídicas.
  • AAPP y entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
  • Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.

– PROGRAMA 2. Siempre que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:

  • Las entidades locales territoriales o cualquier otra Entidad local o supralocal.
  • AAPP y entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
  • Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.

Cuantía de las ayudas:

  • Programa de incentivos 1: 35% para Gran Empresa, 40% para Mediana Empresa, 45% para Pequeña Empresa. Adicionalmente, para municipios de reto demográfico, el porcentaje de ayuda se incrementará un 5%.
  • Programa de incentivos 2: 70% para todas las actuaciones subvencionables. Adicionalmente, para municipios de reto demográfico, el porcentaje de ayuda se incrementará un 5%.

Actuaciones subvencionables:

Todas aquellas actuaciones que se ejecuten en Castilla-La Mancha para implantar nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera o varias de las siguientes aplicaciones:

  • Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios: agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración, climatización de piscinas, bien directamente o bien a través de microrredes de distrito de calor y/o frío.
  • Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas: ebullición, esterilización, limpieza, secado, lavado, blanqueamiento, vaporizado, decapado, cocción, lixiviación, baños térmicos para tratamiento de superficies, abastecimiento de servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc.

Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a:

– Programa 1: a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

– Programa 2: al 22 de diciembre de 2021.

Las actuaciones subvencionables incluyen las siguientes tecnologías:

  • Solar térmica.
  • Geotermia, hidrotermia y aerotermia.
  • Biomasa: cámara de combustión.
  • Biomasa: calderas y aparatos de calefacción local.
  • Microrredes de distrito de calor y/o frío: desarrollo de nuevas redes de tuberías de distribución y subestaciones de intercambio o ampliación de existentes para centrales de generación nuevas o existentes.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes:

Del jueves 1 de septiembre de 2022 al domingo 31 de diciembre de 2023.

Únicamente de forma telemática, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es/tramitesygestiones/programas-de-incentivos-para-la-implantacion-de-instalaciones-de-energias

Estas ayudas se concederán por riguroso orden de presentación.

Documentación a aportar:

– Fotocopia del DNI, únicamente cuando se oponga expresamente a su consulta

– Personas jurídicas, copia del NIF y escritura o documento de constitución

– En su caso, documento acreditativo de la representación

– Documento acreditativo de la residencia fiscal, cuando se oponga expresamente a su consulta, o certificado de autoridades del país de residencia, cuando no tenga residencia fiscal en España

– Declaración cesión y tratamiento de datos (Anexo IV), según modelo

– Declaración de compromiso en relación con ejecución de actuaciones del PRTR, según modelo

– Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño significativo (DNSH): declaración responsable (si no supera 100 kW) o justificación (si supera 100 kW), según modelos publicados por IDAE

– Presupuesto de empresas que realizarán las actuaciones, suficientemente desglosado, de fecha posterior a 22/12/2021

– Instalaciones superior a 100 kW, informe que incluya un plan estratégico y la acreditación de valorización del 70% sobre residuos generados

– Proyecto o memoria técnica que, además, deberá incluir documentación específica: para el caso de biomasa; y para el caso de microrredes en programa 2.