El objetivo de estas ayudas es mejorar las condiciones en las que las industrias agroalimentarias de la región realizan la transformación y la comercialización de productos agrícolas, para conseguir mayor valor añadido en los productos elaborados, mejorar su calidad y su competitividad en el mercado.

Beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas titulares de industrias agroalimentarias localizadas o que se vayan a localizar en Castilla-La Mancha y dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas del Anexo I del Tratado (Anexo III de la Orden de Bases), excepto los productos de la pesca.

FOCAL_Orden 179_2018

Quedan excluidos las sociedades civiles, comunidades de bienes y agrupaciones de personas que carezcan de personalidad jurídica.

Requisitos a cumplir por las personas solicitantes:

  1. Ser los responsables de la carga financiera generada con el proyecto de inversión.
  2. Haber inscrito las industrias agroalimentarias de las que son titulares en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha.
  3. Comprometerse a mantener la actividad productiva y/o comercial objeto de ayuda, su naturaleza y ubicación, así como la titularidad de los activos subvencionados en los 5 años siguientes al pago final de la ayuda concedida.
  4. Tener un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, y no haber sido sancionado por faltas graves o muy graves en prevención de riesgos laborales, durante el año 2021.
  5. Disponer del terreno en el que se vayan a acometer las inversiones.
  6. No haber sido sancionado por infracciones muy graves de calidad agroalimentaria en el año 2021.
  7. No haber sido sancionado por hacer prácticas laborales consideradas discriminatorias.
  8. Estar inscrito en el Registro General Sanitario de Alimentos, en su caso.

Proyectos subvencionables:

Requisitos a cumplir por las inversiones:

a) Mejorar condiciones de transformación y/o comercialización en alguno de los casos:

1º. Mejora de los procesos de transformación mediante:

– Obras de ampliación o construcción de nuevas instalaciones dedicadas a líneas de transformación.

– Adquisición o mejora tecnológica de equipos, maquinaria e instalaciones de las líneas de producción existentes o de nuevas líneas de producción (equipos de mayor rendimiento, equipos con mejores prestaciones, equipos que mejoren su comportamiento ambiental).

– Instalación de sistemas informáticos para el control, coordinación, seguimiento y trazabilidad de las producciones.

2º. Mejora de los procesos de comercialización mediante:

– Obras de ampliación o construcción de nuevas instalaciones dedicadas a la comercialización de los productos elaborados en la industria.

– Adquisición o mejora tecnológica de equipos e instalaciones ligados a los procesos de comercialización (equipos e instalaciones para la exposición y venta, degustación).

– Instalación de sistemas informáticos para la comercialización electrónica.

3º. Otras inversiones ligadas al conjunto de las instalaciones e inherentes a una mejora en transformación o comercialización de productos agrícolas:

– Obras de ampliación o construcción de nuevas instalaciones relacionadas con servicios generales de la industria, tales como acometidas eléctricas y obras de suministro de gas y agua, saneamiento y depuración, cerramientos y pavimentación, siempre que guarden relación directa y resulten esenciales para el funcionamiento de la instalación.

– Adquisición o mejora tecnológica de equipos e instalaciones relacionadas con servicios generales de la industria, tales como acometidas eléctricas y obras de suministro de gas y agua, saneamiento y depuración, cerramientos y pavimentación, siempre que guarden relación directa y resulten esenciales para el funcionamiento de la instalación.

– Instalación de sistemas informáticos para el control y coordinación de la gestión general.

b) Las inversiones objeto de ayuda deberán inscribirse en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha.

c) Si las inversiones pueden tener efectos negativos en el medio ambiente, evaluación de impacto medioambiental.

d) Si las inversiones incluyen construcción de nuevas superficies cubiertas, ampliación de las existentes y otras inversiones en las que sea necesaria, licencia de obra correspondiente.

e) No haberse iniciado las inversiones con anterioridad a la presentación de una solicitud de ayuda.

No serán subvencionables las inversiones relacionadas en el Anexo I de la orden de bases.

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Importe:

Porcentaje sobre el presupuesto subvencionable de la inversión (porcentaje resultante de la suma de un porcentaje de ayuda base según las características del solicitante, entre el 5% y el 30%, y de uno o varios porcentajes de ayuda según las características del proyecto).

Porcentaje máximo de ayuda según el tamaño de la empresa solicitante y de si el producto final del proceso de producción/comercialización se encuentra dentro del Anexo I del Tratado de la Unión Europea o no, entre un 15% y un 50%.

Criterios:

La concesión de las ayudas se hará por concurrencia competitiva. Recibidas todas las solicitudes, se analizarán para determinar su admisibilidad y, en caso de ser admisibles, se da puntuación en función de si cumple o no los criterios de valoración establecidos.

Sólo serán admisibles aquellas solicitudes que alcancen una puntuación mínima de 8 puntos.

Documentación a aportar:

– Apoderamiento bastante de la persona firmante.

– Estatutos/escritura de constitución, así como sus modificaciones inscritas en el registro.

– Cuentas anuales o cuentas consolidadas, de los 3 últimos ejercicios (personas jurídicas).

– Informe de auditoría e informe de gestión (personas jurídicas).

– Cifras de compras y ventas de su actividad industrial o comercial, y las de los gastos financieros y de personal de los últimos tres ejercicios (personas físicas).

– Informe de Plantilla Media de Trabajadores en situación de alta correspondiente al último año contado desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, relativo a todas las Cuentas de Cotización correspondientes a la empresa solicitante y de las empresas vinculadas o asociadas.

– Facturas proforma o presupuestos de las adquisiciones, contrataciones o gastos a realizar.

– Relación de ofertas y elección Anexo II.

– Memoria Técnica y Económica, contenido Anexo III.

– Plan de Comercialización.

– Documentos acreditativos de la disponibilidad del terreno para ejecutar las inversiones.

– Declaración de efecto incentivador Anexo IV.

– Informe adjunto hipótesis contrafactual, descripción escenario futuro con y sin ayuda.

– Informe que acredite la viabilidad económica y financiera de la inversión y los costes netos extra de ejecutar la inversión en la zona de que se trate, frente a la situación contrafactual en la que no hay ayuda (para NO PYME con proyecto No Anexo I).

– Criterio 1: Certificado de pertenencia a una Entidad Asociativa Prioritaria.

– Cooperativas, para la acreditación de los criterios 4, 5 y 8, certificado entidad correspondiente.

– Criterio 6: certificado de pertenencia a cooperativa de segundo grado.

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes pueden presentarse hasta el viernes 30 de diciembre de 2022, telemáticamente con firma electrónica a través del formulario de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-inversiones-en-transformacion-comercializacion-o-desarrollo-de-productos

Otros datos:

Este procedimiento conlleva el pago de una tasa:

http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_018.pdf

En caso de no autorizar la consulta de datos telemáticos a la Administración, se debe aportar:

– Documentos acreditativos de la identidad del solicitante y del representante, DNI.

– Certificado expedido por el órgano competente, de que el beneficiario está al corriente de pago con la Seguridad Social y se halla al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.

– Certificado acreditativo número de socios, cuando la inversión se haga por SAT o cooperativa.

– La inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.

– Certificado de ausencia de sanción en materia de calidad agroalimentaria de la Ley 7/2007.

 

Se adjunta la convocatoria de la presente ayuda:

Convocatoria_FOCAL_2022