Destinatarios:

Jóvenes creadores de hasta 30 o 35 años de edad (según la línea de actuación) para proyectos a desarrollar durante el año 2023 en ámbitos como las artes visuales, escénicas, música, literatura, diseño, cómic e ilustración.

Líneas de actuación y coste de ayuda:

Proyectos de Investigación: realización de investigaciones en proyectos vinculados a los ámbitos de la convocatoria (18 a 30 años), hasta 3.000€.

Proyectos de Producción de obra: realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica (18 a 30 años), hasta 5.000 €.

Proyectos de Movilidad de obra producida y/o movilidad de creadores en espacios especializados, giras o residencias (excepto estudios reglados) en ámbito nacional e internacional (18 a 30 años), hasta 5.000€.

Proyectos de Comisariado Sala Amadís del Instituto de la Juventud: comisariado de exposiciones, programación talleres u otras actividades de creación emergente a desarrollar en grupo o colectivo (18 a 30 años), hasta 7.000 €.

Proyectos de Emprendimiento para la creación joven: desarrollo de proyectos de emprendimiento cultural cuya finalidad sea iniciar una actividad o mantener una de reciente creación en ámbito nacional o internacional (18 a 35 años), hasta 10.000 €. Se considerarán, entre otros, la producción de festivales, la gestión de espacios de creación emergente, los proyectos editoriales nuevos o de línea editorial innovadora dentro de otra existente, etc.

Gastos subvencionables:

La ayuda económica tiene como fin contribuir a los gastos ocasionados por la realización del proyecto. También serán subvencionables las cuotas de alta en el Régimen de Autónomos de los beneficiarios, hasta un máximo del 20% de la cuantía concedida. Además, los gastos ocasionados durante los viajes motivados por la realización del proyecto, como la manutención, el alojamiento y el propio viaje.

No son gastos subvencionables:

– Gastos no relacionados directamente con la ejecución del proyecto.

Gastos realizados antes del 1 de enero del año 2023.

– Adquisición de material inventariable (equipos informáticos y técnicos, maquinaria, mobiliario…).

– Pagos de alquiler y mantenimiento corriente de vivienda habitual.

Presentación de solicitudes:

Plazo abierto hasta el 10 de mayo a las 23:59 horas.

Descargar y completar los modelos de solicitud y dirigirlos a la Dirección General del Instituto de la Juventud.

Las personas físicas, pueden presentar la solicitud en la oficina de registro del Injuve, con cita previa a través del teléfono 917827663 o por correo electrónico: registrogeneral@injuve.es

Recomendable (obligatorio para personas jurídicas): con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve firma, a través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (Ministerio de Sanidad), en: «sede electrónica» – «registro electrónico» – «índice de formularios» – «Instituto de la Juventud» – «Ayudas Injuve para la Creación Joven» (Agrupaciones y Personas físicas y jurídicas). Para poder firmar la documentación es necesario el uso del programa Autofirma.

 

Todos los documentos para la solicitud e información en:

http://www.injuve.es/creacionjoven/noticia/convocatoria-ayudas-injuve-para-la-creacion-joven-2022

Sede electrónica para tramitación de la solicitud online:

https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm