El objeto de estas ayudas es subvencionar los gastos de proyectos para la participación de las pequeñas y medianas empresas en Castilla-La Mancha, como expositor con stand propio, en las ferias comerciales que se celebren dentro del territorio nacional para la promoción de sus productos o servicios, e incentivar los proyectos que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios.
Beneficiarios:
PYMES, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que quieran desarrollar un proyecto para la comercialización de sus productos o servicios, elaborados, producidos o prestados desde un centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en Castilla-La Mancha y que realicen alguna actuación subvencionable.
Comunidades de bienes o cualquier unidad económica o entidad que realicen una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable y se consideren microempresas o pymes.
Importe:
Ayuda máxima del 50 % de la inversión subvencionable, con un máximo de ayuda de 4.500 €.
Mínimo de inversión subvencionable de 2.000 €.
Criterios:
Al resolverse por concurrencia competitiva, los criterios de puntuación serán los siguientes:
- Proyectos de empresas participadas en su mayoría por socios mujeres y/o jóvenes menores de 30 años y/o personas mayores de 55 años y/o desempleadas de larga duración y/o personas con discapacidad. 20 puntos.
- Encuadramiento de la empresa en sectores considerados prioritarios por la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3). 10 puntos.
- Menor tamaño de la empresa. 10 puntos.
Proyectos y gastos subvencionables:
Son proyectos subvencionables:
a) La participación de las pymes beneficiarias como expositor con stand propio en ferias comerciales que se celebren dentro del territorio nacional para la promoción de sus productos o servicios.
En este caso, son gastos subvencionables:
- Canon del suelo o superficie a ocupar y suministros asociados que facture la institución ferial.
- Construcción del stand y/o gastos de decoración del mismo, incluido el desmontaje.
- Alquiler de mobiliario.
- Transporte de mercancías al recinto ferial.
- Intérpretes.
- Inserción en el catálogo oficial de la feria.
- Gastos del personal contratado externo (azafatas/os, seguridad, etc.).
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de una persona por empresa o entidad, ocasionados desde la localidad donde tenga su sede la entidad beneficiaria, generados los días de celebración de la feria y el día anterior.
b) La apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios mediante:
- Realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias.
- Elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
- Realización de campañas publicitarias.
- Diseño y la elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
- Celebración de eventos de duración limitada, organizados por la empresa solicitante, para exponer sus bienes y ofertar sus servicios, favoreciendo su conocimiento y difusión, y para promover contactos e intercambios comerciales, y acercar la oferta a la demanda.
En este caso, son gastos subvencionables:
- Costes de consultoría para realización de estudios de mercado y prospección de nuevas tendencias.
- Costes de consultoría para la elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
- Costes de realización de campañas publicitarias, que deriven de los siguientes conceptos:
- Relativos a la realización y ejecución de campañas de publicidad a través de los diversos medios o canales de comunicación.
- Elaboración de material promocional.
- Costes de diseño y elaboración del prototipo muestrario para lanzamiento nuevos productos.
Presentación de solicitudes:
Hasta el 31 de octubre de 2022, telemáticamente con firma electrónica, a través del formulario de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
Una misma empresa o entidad puede pedir ambas líneas de ayuda, feria y comercialización, pero en dos solicitudes diferentes.
Se rellenará el formulario Anexo I, junto con el resto de documentación:
- Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Acreditación de la representación del firmante.
- Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones.
- Informe de vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa.
- Certificado o informe de vida laboral de los autónomos.
- Declaración del impuesto de sociedades, referido al último ejercicio cerrado.
- Cuentas anuales correspondientes al último ejercicio contable cerrado.
- Declaración responsable que figura como Anexo II.
- Facturas pro-forma de todas las actuaciones.
- Memoria técnica, económica y financiera del proyecto, contenido mínimo de Anexo III.