El objeto de estas ayudas es subvencionar los gastos de proyectos para la participación de las pequeñas y medianas empresas en Castilla-La Mancha, como expositor con stand propio, en las ferias comerciales que se celebren dentro del territorio nacional para la promoción de sus productos o servicios, e incentivar los proyectos que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios.

Beneficiarios:

PYMES, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que quieran desarrollar un proyecto para la comercialización de sus productos o servicios, elaborados, producidos o prestados desde un centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en Castilla-La Mancha y que realicen alguna actuación subvencionable.

Comunidades de bienes o cualquier unidad económica o entidad que realicen una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable y se consideren microempresas o pymes.

Importe:

Ayuda máxima del 50 % de la inversión subvencionable, con un máximo de ayuda de 4.500 €.

Mínimo de inversión subvencionable de 2.000 €.

Criterios:

Al resolverse por concurrencia competitiva, los criterios de puntuación serán los siguientes:

  • Proyectos de empresas participadas en su mayoría por socios mujeres y/o jóvenes menores de 30 años y/o personas mayores de 55 años y/o desempleadas de larga duración y/o personas con discapacidad. 20 puntos.
  • Encuadramiento de la empresa en sectores considerados prioritarios por la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3). 10 puntos.
  • Menor tamaño de la empresa. 10 puntos.

Proyectos y gastos subvencionables:

https://adelante-empresas.castillalamancha.es/sites/adelante-empresas.castillalamancha.es/files/recursos/archivos/actividades_cnae_subvencionables_mpc_orden_26_2020.pdf

Son proyectos subvencionables:

a) La participación de las pymes beneficiarias como expositor con stand propio en ferias comerciales que se celebren dentro del territorio nacional para la promoción de sus productos o servicios.

En este caso, son gastos subvencionables:

  1. Canon del suelo o superficie a ocupar y suministros asociados que facture la institución ferial.
  2. Construcción del stand y/o gastos de decoración del mismo, incluido el desmontaje.
  3. Alquiler de mobiliario.
  4. Transporte de mercancías al recinto ferial.
  5. Intérpretes.
  6. Inserción en el catálogo oficial de la feria.
  7. Gastos del personal contratado externo (azafatas/os, seguridad, etc.).
  8. Gastos de desplazamiento y alojamiento de una persona por empresa o entidad, ocasionados desde la localidad donde tenga su sede la entidad beneficiaria, generados los días de celebración de la feria y el día anterior.

b) La apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios mediante:

  • Realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias.
  • Elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
  • Realización de campañas publicitarias.
  • Diseño y la elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
  • Celebración de eventos de duración limitada, organizados por la empresa solicitante, para exponer sus bienes y ofertar sus servicios, favoreciendo su conocimiento y difusión, y para promover contactos e intercambios comerciales, y acercar la oferta a la demanda.

En este caso, son gastos subvencionables:

  1. Costes de consultoría para realización de estudios de mercado y prospección de nuevas tendencias.
  2. Costes de consultoría para la elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
  3. Costes de realización de campañas publicitarias, que deriven de los siguientes conceptos:
  • Relativos a la realización y ejecución de campañas de publicidad a través de los diversos medios o canales de comunicación.
  • Elaboración de material promocional.
  1. Costes de diseño y elaboración del prototipo muestrario para lanzamiento nuevos productos.

Presentación de solicitudes:

Hasta el 31 de octubre de 2022, telemáticamente con firma electrónica, a través del formulario de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es/tramitesygestiones/solicitud-de-subvencion-para-el-crecimiento-en-mercados-nacionales-y-para-la

Una misma empresa o entidad puede pedir ambas líneas de ayuda, feria y comercialización, pero en dos solicitudes diferentes.

Se rellenará el formulario Anexo I, junto con el resto de documentación:

  • Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Acreditación de la representación del firmante.
  • Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones.
  • Informe de vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa.
  • Certificado o informe de vida laboral de los autónomos.
  • Declaración del impuesto de sociedades, referido al último ejercicio cerrado.
  • Cuentas anuales correspondientes al último ejercicio contable cerrado.
  • Declaración responsable que figura como Anexo II.
  • Facturas pro-forma de todas las actuaciones.
  • Memoria técnica, económica y financiera del proyecto, contenido mínimo de Anexo III.