La Consejería de Economía, Empresas y Empleo destina 1.502.000 euros, con cargo a los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con el fin de potenciar la promoción y comercialización de iniciativas de estímulo al consumo de servicios por parte de las personas consumidoras, prestados por el sector turístico de Castilla-La Mancha, para contribuir con ello al desarrollo del destino y de la competitividad empresarial de estos sectores.

Líneas de Ayuda.

Serán subvencionables las siguientes líneas de subvenciones:

Línea 1: Ayudas a la promoción y comercialización de productos y servicios turísticos que tengan por objeto estimular el consumo de servicios turísticos en la región.

Orientada a asociaciones que representen intereses profesionales de los ámbitos turísticos de la restauración, alojamientos turísticos, campings, del turismo activo y ecoturismo y las asociaciones de profesionales del sector turístico.

Línea 2: Ayudas para financiar las bonificaciones en el precio final del servicio de alojamiento a la persona consumidora.

Estas ayudas están destinadas a pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico en hoteles y hostales y las agencias de viajes que comercialicen estancias en estos alojamientos, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.

Financiación y cuantía de las subvenciones.

Línea Importe
Línea 1 110.000 €
Línea 2 1.392.000 €
Total 1.502.000 €
  • Línea 1. Se subvencionará el 90% del gasto subvencionable, con los siguientes límites:
  1. Hasta 15.000 € cuando la asociación tenga más de 100 asociados.
  2. Hasta 7.000 € cuando la asociación tenga de 51 hasta 100 asociados.
  3. Hasta 5.000 € cuando la asociación tenga de 20 hasta 50 asociados.
  4. Hasta 2.000 € cuando la asociación tenga hasta 19 asociados.
  • Línea 2. Las cuantías de las ayudas máximas por cada bonificación realizada a las personas consumidoras sobre los precios de los servicios de alojamiento comercializados por establecimientos hoteleros o agencias de viajes, serán las siguientes, sin que en ningún caso el importe de la ayuda por cada bonificación pueda superar el importe del descuento aplicado.
  1. Para hostales y hoteles de 1 estrella la cuantía será de un máximo de 12 €. El máximo de la ayuda por establecimiento será de 4.000 €.
  2. Para hoteles de 2 y 3 estrellas la cuantía será de un máximo de 20 €. El máximo de ayuda por establecimiento será de 5.000 €.
  3. Para hoteles de 4 y 5 estrellas la cuantía será de un máximo de 30 €. El máximo de ayuda por establecimiento será de 6.000 €.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

Las ayudas se presentarán en el plazo de 10 días desde el día siguiente a esta publicación y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía. Se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La mancha en el siguiente enlace: https://www.jccm.es/

 

Para ampliar información y descargar solicitud: Decreto 74/2020, de 17 de noviembre