La Diputación provincial de Albacete convoca subvenciones para asociaciones, clubes y federaciones de la provincia enfocadas a proyectos y actividades para este año 2016.

1.– Objeto. El objeto de las presentes bases, que se redactan en virtud del artículo 9 de la Ordenanza General de subvenciones a conceder por la Diputación Provincial de Albacete, es regular las condiciones generales para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a otorgar anualmente en el marco de las previsiones del Plan Estratégico de Subvenciones vigente en cada caso y de acuerdo con las previsiones presupuestarias, por la Presidencia de Diputación a las entidades privadas de la provincia de Albacete con destino a la financiación de gastos de naturaleza corriente para la realización de proyectos y actividades que tengan un carácter singular, excepcional, urgente o de emergencia y no puedan acogerse a otras convocatorias específicas de la Diputación.

 2.– Finalidad. La finalidad de las subvenciones que aquí se regulan es la colaboración con las entidades que realizan actividades de utilidad pública o interés social, o de promoción de una finalidad pública, a través de actividades de tipo cultural, deportivo o social.

3.– Beneficiarios. Podrán acceder a estas ayudas las asociaciones, entidades, federaciones, clubs u otras personas jurídicas de derecho privado y carácter no lucrativo que desarrollen actividades sociales de utilidad pública. Dichas entidades deberán estar domiciliadas en la provincia de Albacete. Excepcionalmente podrán ser beneficiarias personas físicas empadronadas en los municipios de la provincia que promuevan proyectos singulares de interés provincial en los ámbitos deportivo, cultural o social. Con el mismo carácter excepcional podrán acogerse a estas ayudas entidades no domiciliadas en la provincia cuando realicen actividades que afecten de manera especialmente relevante a los ciudadanos de los municipios albacetenses. Excepcionalmente podrán acogerse a estas subvenciones organismos internacionales o agencias que pertenezcan al sistema de Naciones Unidas aunque no tengan su sede ni actividad relevante en la provincia de Albacete.

4.– Criterios de otorgamiento. Para la concesión de subvenciones se tendrán en cuenta y valorarán los siguientes elementos: – El mayor impacto social. – El carácter inaplazable del gasto a subvencionar. – La proyección externa de la actividad. – El importe de otras subvenciones recibidas por el solicitante. – La prioridad temporal de la solicitud. – Valoración técnica.

5.– Órganos competentes. El órgano competente para la tramitación de los expedientes es la oficina de Gestión y Coordinación de Subvenciones. El órgano competente para la valoración de las solicitudes será la Comisión de Valoración, presidida por el Jefe del Gabinete de Presidencia e integrada por el funcionario responsable de la oficina de Gestión y Coordinación de Subvenciones y otro funcionario adscrito a Presidencia designado por la misma. La Comisión Valoradora evaluará las solicitudes que cumplan los requisitos, y propondrá la resolución de la convocatoriacon indicación de los importes a conceder en atención a los criterios de valoración y de los créditos presupuestarios de la convocatoria, y con indicación de las denegaciones y los motivos de las mismas. El órgano competente para la resolución de las solicitudes será la Presidencia de la Diputación Provincial de Albacete.

6.- Plazo presentación solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes es el día 16 de junio de 2016.

 Importante o a tener en cuenta:

– Para solicitar esta ayuda es necesario realizarlo desde un ordenador con la firma digital instalada de alguno de los componentes o junta directiva de la asociación.

– Para solicitar la ayuda hay que dirigirse al siguiente enlace  https://eadmin.dipualba.es/subvenciones/lista_convocatorias_enplazo.aspx 

Más información en el teléfono 967-595300 (Diputación de Albacete).