Objeto: 

Concesión de ayudas en procedimiento simplificado de concurrencia, mediante verificación del cumplimiento de los requisitos necesarios para la misma.

Destinatarios: 

Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con las condiciones establecidas en la presente orden.

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del  08 al 29 Abr 2015

Requisitos: 

A) Domicilio del centro de trabajo en CLM.

B) Estar al corriente de obligaciones tributarias, seguridad social y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

C) No estar incursa la persona física, administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en ninguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

D) Disponer, conforme a la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, de un plan de prevención de riesgos laborales.

E) No haber sido sancionadas, por resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

F) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Importe: 

1. Se establece una cuantía de 3.000 euros por cada contratación subvencionable que se celebre a tiempo completo. Esta cuantía se incrementará en 300 euros, si el trabajador contratado pertenece a alguno de los siguientes colectivos:

a) Desempleados de larga duración, entendiendo por tales a efectos de esta orden, a las personas desempleadas e inscritas como demandante de empleo, de forma ininterrumpida, en las Oficinas de Empleo y Emprendedores de Castilla-La Mancha durante 12 meses.

b) Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violen

c) Jóvenes menores de 30 años. La cuantía anterior será minorada, cuando la contratación se realice a tiempo parcial.

Criterios: 

El procedimiento de concesión de las ayudas será en procedimiento simplificado de concurrencia, sin establecer comparación entre las solicitudes, por lo que la prelación en la concesión de subvenciones será únicamente temporal, otorgándose las subvenciones según el orden de entrada, siempre que las entidades beneficiarias reúnan los requisitos determinados en la presente orden y exista crédito presupuestario para ello.

Documentación a aportar: 

Anexo I-Solicitud de subvención a la contratación de duración determinada de trabajadores desempleados en Castilla-La Mancha.

Anexo II- Declaración/autorización del/la trabajador/a en la subvención a la contratación de duración determinada de trabajadores desempleados en Castilla-La Mancha, comprometiéndose en caso de no autorización, a aportar la documentación pertinente.

Más información en el siguiente enlace:

https://goo.gl/jeIH98