OBJETO

Subvencionar los gastos de proyectos para la participación de las pymes de la región como expositor con stand propio en las ferias comerciales nacionales y/o regionales para la promoción de sus productos o servicios, e incentivar las actividades y acciones que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios.

BENEFICIARIOS

Pymes, excluidos aquellos proyectos presentados por artesanos/as y empresas artesanas, e igualmente no serán subvencionables los proyectos presentados para el lanzamiento de un producto en un mercado  de otro Estado miembro o de un tercer país.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

Las actividades y sectores que son subvencionables vienen recogidos en el Anexo I de la Orden de 31 de agosto de 2016, reguladora de estas ayudas.

Con el fin de facilitar la búsqueda de los códigos o las actividades según la CNAE 2009 que son subvencionables, se incorpora más abajo un fichero con la relación de éstas con un carácter meramente informativo.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

A) La participación de las pymes como expositor con stand propio en ferias comerciales nacionales y/o regionales para la promoción de sus productos o servicios.

B) Aquellos proyectos que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios mediante las actividades de promoción que se relacionan:

  1.      La realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias.
  2.      La elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
  3.      La realización de campañas publicitarias.
  4.      El diseño y la elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
  5.      El diseño de interiorismo y de escaparates.

Estos proyectos tienen como límites mínimos de inversión subvencionable los siguientes:

Proyectos A).- 3.000 euros.

Proyectos B).- 1.000 euros en su conjunto.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Para proyectos A)

  1. Canon del suelo o superficie a ocupar y suministros asociados que facture la institución ferial
  2. Construcción del stand y/o gastos de decoración del mismo, incluido el desmontaje
  3. Alquiler de mobiliario
  4. Transporte de mercancías al recinto ferial
  5. Intérpretes
  6. Inserción en el catálogo oficial de la feria
  7. Gastos de personal contratado externo (azafatas/os, seguridad, etc.)
  8. Gastos de desplazamiento y alojamiento (de una persona por empresa o entidad)

Para proyectos B)

  1. Costes de consultoría para la realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias
  2. Costes de consultoría para la elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial
  3. Costes de realización de campañas publicitarias
  4. Costes de diseño y elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos
  5. Costes de diseño de interiorismo y de escaparates

CUANTÍAS

Proyectos A).- La cuantía de la ayuda no excederá del 50 % de los costes subvencionables, con un máximo de 12.000,00 euros.

Proyectos B).- Una vez elaborada la lista priorizada, la cuantía de la ayuda será de:

-Un 35 % de la inversión subvencionable cuando el beneficiario sea una microempresa o pequeña empresa.

-Un 25 % de la inversión subvencionable cuando el beneficiario sea una mediana empresa.

En estos proyectos del apartado B), el máximo de subvención a conceder por concepto será el siguiente:

1 y 2.- Para los costes de consultoría, 3.500 euros.

3.- Para los costes de realización de campañas publicitarias, 10.000 euros por campaña, con un límite máximo de dos campañas por beneficiario.

4.- Para los costes de diseño y elaboración del prototipo de muestrario, 10.000 euros.

5.- Para los costes de interiorismo y de escaparate, 10.000 euros.

PLAZO DE EJECUCIÓN

A) Para ferias comerciales, el plazo de ejecución tendrá una duración máxima de un año.

B) Para el resto de proyectos, el plazo de ejecución tendrá una duración máxima de tres meses.

SOLICITUD

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) y que figura en el Anexo I de la resolución de convocatoria, junto con el resto de documentación precisa para realizar la evaluación de los proyectos presentados. Al presentarse de esta forma, los documentos podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

Para la rápida localización de este procedimiento en la sede electrónica (https://www.jccm.es), se tecleará como término de búsqueda: «KOE«. También podrás acceder a este procedimiento en el enlace que te indicamos más abajo.

FINANCIACIÓN

Estas ayudas, con el carácter de ayudas de minimis, podrán ser cofinanciadas con una intensidad del 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de acuerdo con lo establecido en el P.O. de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del FEDER 2014-2020.

REGULACIÓN

Estas ayudas se regulan mediante la orden de 31/08/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Programa Adelante Comercialización, para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas en Castilla-La Mancha y la transformación digital de la industria manufacturrera de Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el fondo Europeo de Desarrollo Regional. Se puede consultar más abajo.

La convocatoria de estas ayudas se establece por la Resolución de 14/12/2016, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, por la que se aprueba, para el ejercicio 2017, la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Comercialización al crecimiento en mercados nacionales y para la mejora de la posición competitiva de las pymes, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Se puede consultar más abajo.

Plazo:
23/12/2016 a 22/02/2017
Teléfonos:
925269832, 925265309
Correo Electrónico:

SOLICITAR LA AYUDA O TRAMITACIÓN ONLINE EN EL SIGUIENTE ENLACE https://goo.gl/XVwp3a