La Consejería de Empleo y Economía convoca ayudas para la contratación de trabajadores de manera indefinida en Castilla la Mancha.

Plazo de resolución: 30 DÍAS

Plazo de presentación de solicitudes: Del  11 Jun 2014 al  30 Nov 2014. la solicitud se presenta en el plazo máximo de un mes desde el inicio del contrato o de la transformación en indefinido.

Destinatarios: Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con las condiciones establecidas en la presente orden.

Requisitos:

a) Domicilio del centro de trabajo en CLM. b) Estar al corriente de obligaciones tributarias, seguridad social y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. c) No estar incursa la persona física, administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en ninguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. d) Disponer, conforme a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de un plan de prevención de riesgos laborales. e) No haber sido sancionadas, por resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud. f) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Importe:

a) Por contratación inicial indefinida o transformación de contrato de duración determinada, de prácticas o de relevo, en contrato por tiempo indefinido: 5.300 euros.

b) La cuantía de la subvención se incrementará en 700 euros, cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos: 1º. Desempleados que hayan extinguido por agotamiento su prestación y/o subsidio por desempleo. 2º. Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. 3º. Que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.

c) La cuantía de la subvención se incrementará en 1.000 euros, cuando las entidades incluyan contrataciones (I+D+i)

Criterios: El procedimiento de concesión de las ayudas será en procedimiento simplificado de concurrencia, sin establecer comparación entre las solicitudes, por lo que la prelación en la concesión de subvenciones será únicamente temporal, otorgándose las subvenciones según el orden de entrada, siempre que las entidades beneficiarias reúnan los requisitos determinados en la presente orden y exista crédito presupuestario para ello.

Documentación a aportar: Anexo I, al que se acompañará el formulario que figura como Anexo II.

Marco legal: 

DOCM: 10-JUN-14 Orden de 04/06/2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a fomentar la creación de empleo por la contratación indefinida de trabajadores en Castilla-La Mancha, y se aprueba la convocatoria para su concesión con cargo al ejercicio presupuestario 2014.