Objeto:

Conceder ayudas para el aprovechamiento de energías renovables mediante la aplicación de las siguientes tecnologías:

a) Fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica, con y sin acumulación

b) Geotermia.

Destinatarios:

a) En el área de fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica, con y sin acumulación: las pymes de naturaleza privada que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha, los ayuntamientos de Castilla-La Mancha, las personas físicas y comunidades de propietarios.

b) En el área de geotermia, las pymes de naturaleza privada que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha, las personas físicas y comunidades de propietarios

Requisitos:

Los requisitos esenciales para solicitar las ayudas objeto de convocatoria, las condiciones, así como la forma de acreditación de las mismas, serán los establecidos en los artículos 2, 5, 13 y 14 de la Orden de 201/2017, de 5 diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Importe:

Consultar el artículo 16 de la Orden de 201/2017, de 5 diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Criterios:

Los criterios de valoración y puntuación vienen determinados en el artículo 8 de la Orden de 201/2017, de 5 diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y en la disposición séptima de la Resolución de convocatoria de las ayudas para 2018.

Documentación a aportar:

La documentación preceptiva a presentar con la solicitud de ayuda viene determinada en la disposición decimosexta de la Resolución de convocatoria.

Lugar de presentación: 

Para las empresas y Ayuntamientos únicamente de manera telemática mediante firma electrónica reconocida, en la direcciones web:
https://www.jccm.es
https://ovcis.castillalamancha.es/OficinaVirtualCIS/

Plazo de presentación de solicitudes:  
Del 30 de diciembre 2017 al 29 de enero de 2018
Para las personas físicas:
Preferentemente mediante firma electrónica reconocida en las direcciones web indicadas.
También, en los registros de los órganos establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre

MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA, BASES Y DESCARGA DE LA SOLICITUD PARA PERSONAS FÍSICAS https://goo.gl/Q9h2Hf